Medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades en el trabajo y la ocupación

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El pasado 8 de Marzo de 2019 entró en vigor el Real Decreto-Ley 6/2019, en virtud del cual se establece una serie de medidas para garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y ocupacional. A través de esta normativa se han modificado y añadido algunos preceptos de legislación ya existente.

Uno de estos ha sido la LEY PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES (LO 3/2007): Obligatoriedad de Plan de Igualdad para empresas de más de 50 personas trabajadoras.

Mediante el presente Real Decreto-Ley obliga a las empresas con más de 50 personas trabajadoras a disponer de un plan de igualdad. El plazo para implantar el plan de igualdad varia en función del número total de personas trabajadoras a la empresa:

Hasta 49

No es obligatorio

Entre 50 y 90

3 años (hasta 08/03/2022)

Entre 100 y 150

2 años (hasta 08/03/2021)

Entre 151 y 250

1 año (hasta 08/03/2020)

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